lunes, 17 de agosto de 2009

Métodos anticonceptivos en las personas con discapacidad.

La discapacidad no constituye un factor que imposibilite las prácticas erótico-afectivas y por lo tanto el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de estas personas. Pero al mismo tiempo ha sido un proceso complejo romper con los estereotipos sociales ya que inclusive a últimas fechas las mujeres y hombres con discapacidad deben enfrentar obstáculos, sobre todo relacionados con el acceso a la información y a los servicios de salud sexual y reproductiva de calidad.

Por otro lado es notoria la ausencia de investigación e información que dé cuenta de estas necesidades de quienes presentan alguna discapacidad. Aunque en los últimos años ha cobrado importancia la necesidad de integrar este sector de la población a todas las esferas de la vida cotidiana, en nuestro país los programas destinados a tal fin se han centrado principalmente en propiciar mayores opciones y oportunidades educativas para lograr su integración laboral, dejando de lado el reconocimiento a sus derechos sexuales y reproductivos, situación que sólo en pocas ocasiones ha sido abordada y menos aun en el vinculo familiar.


Algunas personas con discapacidad son victimas por parte de las personas encargadas de prestar servicios de salud, por esto es necesario dar a conocer y promover el concepto de derechos sexuales y reproductivos, principalmente de las mujeres y hombres con discapacidad para que puedan decidir de manera libre su sexualidad y reproducción así como el momento para ello, a través de la anticoncepción segura, eficaz y sin coacciones.

Esto ha significado un avance importante para prevenir y tratar las consecuencias de la coerción y discriminación que las personas con discapacidad continúan viviendo en materia del control de su reproducción y del disfrute de una sexualidad saludable.

Es importante poner en práctica las medidas necesarias para eliminar la discriminación, para garantizar el derecho a elegir libremente el número de hijos, el intervalo entre éstos y el acceso a la información al respecto, a disponer de los medios para ello y con esto poder alcanzar el derechos al nivel más elevado de salud sexual y reproductiva; así como consolidación del reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos como parte de los derechos humanos básicos y además continuar avanzando en el tema de la salud sexual, incluyéndose como violación a estos derechos la violación marital, el aborto o la utilización por la fuerza de métodos anticonceptivos incluyendo la esterilización, situaciones que con frecuencia enfrentan en especial las mujeres con discapacidad.


Es todavía una postura generalizada en nuestra sociedad que las personas con discapacidad tienen mayores dificultades para establecer relaciones erótico-afectivas o sea los considera como personas asexuadas. Muchos discapacitados desean y pueden tener hijos por lo tanto es posible que deseen usar la anticoncepción temporalmente.

Por lo tanto, es importante considerar las características particulares de las personas con discapacidad para establecer los criterios de atención a la salud sexual y reproductiva en especial a los requerimientos de planificación familiar es imprescindible adoptar medidas para eliminar obstáculos que garanticen el acceso a la información y el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos en completa igualdad con las personas no discapacitadas así como servicios médicos de calidad desde un punto de vista técnico y de infraestructura tomando siempre en cuenta sus necesidades específicas.

Las opciones anticonceptivas dependerán de factores como las condiciones generales de la salud generadas o asociadas a la discapacidad, las posibles interacciones farmacológicas con otros medicamentos que la persona esté tomando, por ejemplo si la persona está deprimida o sufre de crisis convulsivas.

La demanda sobre anticoncepción estas provendrán de ellas mismas o de sus cuidadores y, según de donde provenga la demanda, habrá que diseñarse un plan de actuación que contemple el objetivo final sobre limitación de la capacidad fértil estrictamente apegado a los derechos sexuales y reproductivos y soportados en los criterios de elegibilidad de los métodos anticonceptivos.

Por ejemplo, en el caso de solicitud de métodos permanentes, en estos casos hay que considerar de que la solicitud requiere de informes técnicos o la realización de interconsultas con otros especialistas o profesionales de otras disciplinas (trabajo social, asesores legales, etc.). Esto ayuda a acercarse a la realidad concreta de la persona con discapacidad y a favorecer el reconocimiento de la carencia de conocimientos para apoyar una adecuada decisión y ponerla en el contexto adecuado sobre todo cuando no ha sido solicitado por la persona con discapacidad, hay que valorar si lo que esta pidiendo corresponde a lo que la persona desea o esta dispuesto a aceptar.

Para lograr este propósito se requiere también de una adecuada conserjería en donde se resalten las ventajas, las desventajas, las indicaciones, las contraindicaciones, dosis, vía de administración, forma correcta de uso, interacciones medicamentosas, efectos colaterales, que hacer en caso de uso irregular; así como la forma del seguimiento y control.

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